¿Cuándo puedo rescatar mis planes de pensiones?

Durante el primer mes del ejercicio 2025, se han aprobado nuevas regulaciones en relación a la legislación aplicable a los planes de pensiones.
Hasta ahora, optar al rescate de un plan de pensiones era únicamente posible en casos específicos como jubilación, incapacidad laboral permanente, enfermedad grave, fallecimiento del titular o desempleo de larga duración, entre otras.

Sin embargo, partir del 1 de enero de 2025 ha entrado en Vigor una nueva legislación que establece será posible recatar cualquier plan de pensiones siempre y cuando hayan pasado 10 años desde su contratación.
Si, por ejemplo, tienes un plan que fue contratado en 2015, podrás rescatarlo íntegramente en 2025; si lo contrataste en 2016, podrás hacerlo a partir de 2026, y así sucesivamente, aunque no hayas alcanzado la jubilación o no se hayan dado alguna de las circunstancias indicadas anteriormente.
Esto da una mayor flexibilidad y permite que los beneficiarios puedan disponer de su ahorro, si lo necesitan, antes de su jubilación.
Es importante tener en cuenta que este rescate tiene impacto fiscal en la declaración de IRPF y se incluye en el apartado de rendimientos del trabajo. Por lo tanto, se le aplican los tramos progresivos del IRPF, a medida que aumenta base imponible. Además, si el plan de pensiones tuvo aportaciones anteriores al ejercicio 2006, es posible que puedas beneficiarte de una reducción en la tributación.
En este sentido, la mejor opción es siempre, tener claro cuál es tu situación y cuál es el momento idóneo para poder solicitar el rescate.

En Economistas & Asesores, estamos a tu disposición para apoyarte con la gestión de tus obligaciones fiscales. ¡Cuenta con nosotros!

En recuerdo especial a A.L.G.