Modelo 036: Comunicación de Titularidad Real

El pasado 9 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden HAC/1526/2024, cuyo principal objetivo es combatir el fraude y fortalecer la transparencia fiscal en España, entre otros aspectos relevantes.
Desde hace varios años, la normativa mercantil ha ido estableciendo diversas medidas en esta línea. Un ejemplo de ello es la obligación, vigente desde 2015, de comunicar datos específicos sobre los titulares reales a través del depósito de las cuentas anuales por parte de los sujetos obligados.
Los «titulares reales» se entienden, en términos generales, como las personas físicas que poseen o controlan, de forma directa o indirecta, más del 25% del capital social o de los derechos de voto de una entidad.
Esta información debe ser declarada en un documento incluido en el modelo de cuentas anuales, en el cual se detalla información precisa sobre ellos. Esta obligación se aplica desde el ejercicio 2015 y debe actualizarse en cada uno de los ejercicios en los que se produzcan modificaciones al respecto.
Además, desde el pasado 3 de febrero, tras la última modificación, las empresas también estarán obligadas a declarar a sus titulares reales en el modelo 036, conocido por ser el modelo en el que se comunican altas y modificaciones censales en Hacienda. Para ello, se ha habilitado una página adicional específica en la que deberán incluirse los siguientes datos:
- Identificación de los titulares reales: Número de identificación (DNI o NIE), fecha de nacimiento, nacionalidad, y país de residencia de aquellos:
- que posean o controlen, directa o indirectamente, más del 25% del capital social o de los derechos de voto
- que ejerzan control efectivo sobre la sociedad por otros medios
- en defecto de los puntos anteriores, los administradores de la sociedad
Los datos que se comuniquen en este modelo deberán coincidir exactamente con los que constan en el modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades) o en las cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil.
Como ocurre con cualquier infracción tributaria o mercantil, el incumplimiento de esta obligación —ya sea por no comunicar los datos o por hacerlo fuera del plazo establecido— puede acarrear sanciones significativas.
Desde Economistas & Asesores, te invitamos a cumplir con la normativa, siempre sujeta a cambios, y a consultarnos siempre que lo necesites.










